Catu finalmente descansará. |
Expediente nº 341 – 2013/2014
Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del
Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 22 de
marzo de 2014 entre los clubs SD Compostela y R.C. Ferrol SAD el Juez de
Competición adopta la siguiente
RESOLUCIÓN
ANTECEDENTES
Primero.- El acta arbitral, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de amonestaciones, literalmente transcrito, dice: “S.D. Compostela SAD: En el minuto 16 el jugador (5) González Quintans, Sergio fue amonestado por el siguiente motivo: derribar a un contrario en la disputa del balón […] En el minuto 75 el jugador (5) González Quintans, Sergio fue amonestado por el siguiente motivo: derribar a un contrario en la disputa del balón”; haciéndose constar, en el capítulo de expulsiones, que “en el minuto 75 el jugador (5) González Quintans, Sergio fue expulsado por el siguiente motivo: doble amarilla”.
Segundo.- En tiempo y forma la SD Compostela formula escrito de alegaciones en relación con la segunda de las amonestaciones de las que fue objeto el citado futbolista, aportando prueba videográfica.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero.- Tras el examen y consideración conjunta de las alegaciones formuladas y de la prueba aportada con relación a la controvertida segunda amonestación del jugador Don Sergio González Quintans, este Juez de Competición entiende que no se deduce con evidencia la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la expulsión, en aplicación de los artículos 27.3 y 130.2 del Código Disciplinario vigente.
Segundo.- En este orden de cosas y sin perjuicio de la posible intervención de otro jugador del mismo equipo en el lance que culmina con el derribo de un jugador adversario, las imágenes de escasa calidad y captadas desde un plano lejano resultan compatibles con la descripción de los hechos que se contiene en el acta arbitral con respecto al jugador Don Sergio González Quintans, lo que no permite desvirtuar la presunción de veracidad de la que goza el acta arbitral.
En consecuencia, se desestiman las ale
gaciones formuladas y se confirma la segunda amonestación impugnada y, con ello, las consecuencias disciplinarias que se derivan de la misma. Por lo anteriormente expuesto, este Juez de Competición,
ACUERDA:
Suspender por UN PARTIDO al jugador de la SD Compostela, D. SERGIO GONZÁLEZ QUINTANS, por doble amonestación arbitral y consiguiente expulsión, ambas por juego peligroso, con multa accesoria al club en cuantía de 45 €, en aplicación de los artículos 111.1.a), 113 y 52.5 del Código Disciplinario de la RFEF.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación. Las Rozas (Madrid), a 26 de marzo de 2014. El Juez de Competición,
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