viernes, 20 de febrero de 2015

Jordan podrá jugar.


Jordan podrá jugar este domingo.
El club presentó alegaciones por la segunda tarjeta amarilla que vió el extremos ourensano y, (Milagro), el comite de competición deja sin efecto la segunda tarjeta vista por el jugador de la esedé.

Expediente nº 278 – 2014/2015
Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 15 de febrero de 2015 entre la SD Compostela y el Racing Club de Ferrol, el Juez de Competición adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

ANTECEDENTES

Primero.- El acta arbitral, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de amonestaciones, literalmente transcrito, dice: “SD Compostela: En el minuto 59 el jugador (3) Sánchez Varela, Jordán fue amonestado por el siguiente motivo: desaprobar con palabras y gestos, al asistente número 1, una de sus decisiones. En el minuto 62 el jugador (3) Sánchez Varela, Jordán fue amonestado por el siguiente motivo: simular haber sido objeto de falta dentro del área contraria”; haciéndose constar, en el capítulo de expulsiones, que “en el minuto 62 el jugador (3) Sánchez Varela, Jordán fue expulsado por el siguiente motivo: doble amarilla”.

Segundo.- En tiempo y forma la SD Compostela formula escrito de alegaciones en relación con la segunda amonestación arbitral citada, aportando prueba videográfica.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Único.- Estimando sustancialmente las alegaciones de la S.D. Compostela, debe dejarse sin efectos disciplinarios la segunda amonestación del jugador Don Jordán Sánchez Varela que es objeto de impugnación. Tras el visionado de la prueba videográfica aportada por el recurrente se aprecia que el jugador contrario contacta con el citado jugador amonestado, de tal modo que en ningún caso se aprecia que Don Jordán. Sánchez Varela simule haber sido objeto de falta, tal y como se refleja en el acta arbitral, sino que su caída al suelo se debe al contacto del adversario tras el despeje del balón, aun cuando dicha acción pudiera no haber sido antirreglamentaria.
Por lo anteriormente expuesto, este Juez de Competición,

ACUERDA:

Dejar sin efectos disciplinarios la segunda amonestación arbitral, y consiguiente expulsión, de las que fue objeto el jugador de la SD Compostela, D. JORDÁN SÁNCHEZ VARELA, imponiéndole sanción de amonestación por formular observaciones o reparos a uno de los árbitros asistentes en el minuto 59, con multa accesoria al club en cuantía de 30 €, en aplicación de los artículos 111.1.c) y 52.5 del Código Disciplinario de la RFEF.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación.
Las Rozas (Madrid), a 18 de febrero de 2015.
El Juez de Competición


1 comentario:

Unknown dijo...

Todos a Vigo, isto solucionámolo entre todos. ¡¡¡FORZA COMPOS!!!